REPENSAR EL TERRITORIO, EL AMBIENTE Y LA CIUDADANÍA
por Christian Blanco,
a las 10:03 am
Desarrollo Sustentable : Justicia Ambiental | permalink | rss

El Pensamiento Complejo y el Territorio
El territorio es un ámbito privilegiado para pensar en la complejidad ambiental (Leff, 2000): es en este contexto en que se entremezclan elementos simbólicos y materiales, intereses y visiones, para ir construyendo en base a antagonismos y relaciones solidarias una realidad cultural basada en una espacio físico, siempre re-significado por los grupos sociales (Gonçalves, 2001) que se apropian de tal espacio y lo transforman en territorio.

La interpretación, por tanto, del territorio, debe realizarse desde una perspectiva nueva –distante de la especialización disciplinaria– que pueda entender el territorio como una realidad compleja que se construye en basa a elementos no sólo geográficos como el espacio, sino sociológicos como las organizaciones, legales como los derechos y éticos como las reivindicaciones. Es desde este enfoque en que puede comprenderse la reciente iniciativa del Mapa de la Justicia Ambiental del RAJAS. Es necesario reconocer, con Escobar, que “al restarle énfasis a la construcción cultural del lugar al servicio del proceso abstracto y aparentemente universal de la formación del capital y del Estado, casi toda la teoría social convencional ha hecho invisibles formas subalternas de pensar y modalidades locales y regionales de configurar el mundo” (Escobar, 2000).
El Mapa de la Justicia Ambiental
Un mapa no es nunca una representación objetiva, unívoca y total de un territorio. La extrema complejidad de lo representado y las condiciones sociales, políticas, económicas y ambientales bajo las cuales éste se esboza condicionan esta representación. Un mapa, en el sentido de Gonçalves (2001), es el ejercicio de una “geo-grafía como verbo”. Demarcar el territorio según los intereses sociales implica que este se construye en base a una re-significación del territorio, en la elaboración simbólica de una “comunidad imaginada” que se representa en el mapa como apropiándose de ese territorio. Una de las formas más relevantes para las ciencias sociales de apropiación territorial es la apropiación desde la creación de derechos.
Así como Chico Mendes y los seringueiros (Gonçalves, 2001) crearon derechos a partir de la re-significación territorial de la reserva extractiva, la Red de Acción por la Justicia Social y Ambiental (RAJAS) –una organización de la Sociedad Civil se segundo nivel, que agrupa a organizaciones locales de interés social y ambiental– genera una representación territorial desde la reivindicación de derechos (que aparecen como vulnerados) en el territorio que previamente significado como mapa político de la república de Chile. El espacio entre cordillera y mar no es una larga faja de tierra, sino un espacio en que ciudadanos organizados denuncian conflictos ambientales, vulneración de derechos y reconfiguran el espacio territorial en función a tales conflictos.
En el sitio web de RAJAS (www.justiciaambiental.cl) es posible acceder a una iniciativa muy interesante, llamada el “Mapa de la (In) Justicia Ambiental” en que es posible visualizar, en base a la división administrativa del país en regiones y provincias, dos tipos de variables: el Índice de Desarrollo Humano por provincia (en niveles desde “muy alto” hasta “muy bajo”)
y la localización de los conflictos ambientales (minero, forestal, pesquero, de infraestructura o agro-exportador). De este modo, se busca no sólo visibilizar tales situaciones, poner en evidencia las necesidades y demandas, facilitando el paso para la creación de derechos: autoproduciéndose. Así como la preocupación ambiental es una autoamenaza (Arnold, 2003), la posición reivindicadora del RAJAS y su mapa de la (in) justicia ambiental intenta señalar el problema, hacer que la sociedad en su conjunto se irrite y sensibilice con la temática.
La pregunta principal, en este contexto, refiere a las condiciones de re-significación del territorio (Gonçalves, 2001) como un Espacio Público para la participación no sólo de las esferas políticas y económicas, sino también de la Sociedad Civil, que cumple un rol de elaboración del territorio desde otra perspectiva, que podría conducir a la creación de derechos, en la medida que tales acciones reivindicativas. Entendemos, desde la perspectiva de Gonçalves, que la Ciudadanía puede ser entendida como una construcción simbólica en que se interpreta un territorio, por medio de la cual, un grupo humano se lo apropia. Estas formas de mapeo o significación territorial constituyen un imaginario complejo que determina las formas del Espacio Público, en tanto puede concebirse –y re-significarse en las prácticas– una forma de Ciudadanía Ambiental como una nueva “comunidad imaginada”.
Condiciones para pensar la relación entre ambiente y sociedad
¿Cómo puede una teoría de la sociedad civil por sí sola comprender la complejidad de los conflictos ambientales como lo postula el Mapa de la Justicia Ambiental? ¿Qué geografía específica es suficiente para dar cuenta de este fenómeno? ¿Qué teoría jurídica puede explicar el fenómeno de la emergencia de derechos ambientales y de los defensores de estos derechos? Probablemente ninguna aproximación disciplinaria pueda abordar el ámbito de lo ambiental por sí sólo. Geo-referenciar el Índice de Desarrollo Humano ya implica una forma de vincular sociología con geografía. Parece ser que el ámbito de lo ambiental no se deja asir por ciencias particulares y es necesario reconstituir una nueva alternativa de pensamiento complejo para entenderlo.
Aparece entonces la necesidad, con la resignificación del territorio, de resingificar también los conceptos sociológicos que habitualmente se utilizan para entender este tipo de problemáticas. La ciudadanía no será simplemente un concepto relativo a la esfera de lo político. Los conceptos ambientales deberán recobrar su dimensión territorial; así mismo no podrán observarse los conflictos ambientales como meras reivindicaciones económicas, sino que deberán incorporarse los elementos identitarios y territoriales a cualquier reflexión que se realice sobre este aspecto. Esto implicaría avanzar a partir de la noción de territorio, hacia lo que Leff (2000) llama pedagogía ambiental, en tanto a la complejidad de estas temáticas, excede la especificidad disciplinaria de las ciencias sociales tradicionales.
Una teoría de la ciudadanía y de la sociedad civil, por tanto, no queda exenta de estas consideraciones. Repensar al ciudadano como sujeto no solo de derechos políticos, económicos y sociales, si no también ambientales –y pensarlos como situados en una territorialidad – es un desafío que las ciencias sociales sólo ha tenido un desarrollo incipiente. Analizar iniciativas de organizaciones en la sociedad civil como la RAJAS desde la perspectiva del pensamiento complejo (Morin, 2001) requerirá necesariamente la intensificación del diálogo interdisciplinario.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
- ARNOLD, M. (2003) Autoproducción de la amenaza ambiental en la sociedad contemporánea. Revista MAD Nº9, septiembre 2003. Publicación electrónica del Magíster en Antropología y Desarrollo de la Universidad de Chile. http://rehue.csociales.uchile.cl/publicaciones/mad/09/paper01.pdf
- ESCOBAR,A. (2000) El lugar de la naturaleza y la naturaleza del lugar: ¿globalización o postdesarrollo? En: Viola, A. (comp.) (2000). Antropología del Desarrollo. Editorial Paidós, Barcelona.
- LEFF, E. (2000) La Complejidad Ambiental. Editorial Siglo XXI, México.
- MORIN, E. (2001). Introducción al pensamiento complejo. Editorial GEDISA, Barcelona.
- GONÇALVES, C. (2001) Geo-grafías: Movimientos sociales, nuevas territorialidades y sustentabilidad. Editorial Siglo XXI, México.




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